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jueves, 14 de octubre de 2010

ALGUNOS CAMBIOS EN LA CEDULA DE IDENTIDAD CIVIL

La Policía Nacional, comunica a la ciudadanía que, a partir del mes de diciembre del corriente año, por LEY Nº 4066, promulgada el 10 de setiembre de 2010, se insertará de manera obligatoria en la Cédula de Identidad Civil, el Grupo Sanguíneo del solicitante.

Se incluirá también la frase que dice: “Donante Voluntario de Órganos y Tejidos” y/o la simbología con el holograma distintivo de Donante de Órganos y Tejidos, en este caso se insertará únicamente si el solicitante consintiere la donación voluntaria, para ello deberá llenar un formulario de aceptación, que se le será facilitado en la dependencia policial, donde podrá informarse adecuada y debidamente sobre el tema.

En caso del que solicitante sea menor de edad, el que tuviere la Patria Potestad del menor, podrá consentir la donación, con la firma del formulario de aceptación; la cual estará en vigencia hasta la mayoría de edad del titular de la Cédula de Identidad Civil. Llegada a su mayoría de edad, el afectado deberá confirmar personalmente su condición de donante. Lo cual deberá quedar consignado en su nueva Cédula de Identidad Civil.

El formulario de aceptación como donante voluntario de órganos y tejidos será redactado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de acuerdo a lo que prescribe la LEY Nº 1246/98, “DE TRANSPLANTES DE ORGANOS Y TEJIDOS ANATOMICOS HUMANOS”.

El Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional, deberá informar al Instituto Nacional de Ablación y Transplante (INAT), sobre todos los datos pertinentes de los donantes voluntarios.

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